Sentencia Wander Franco: Las Claves del Tribunal de Puerto Plata para el Abuso Probado y el Polémico Perdón Judicial

- •Wander Franco fue hallado culpable de abuso sexual y psicológico de una menor por el Tribunal de Puerto Plata.
- •A pesar de la culpabilidad, Franco recibió perdón judicial debido a su juventud, las consecuencias sufridas y ser víctima de extorsión por la madre de la menor.
- •La madre de la menor, Martha Vanessa Chevalier, fue condenada a 10 años de prisión por extorsión y lavado de activos, sin derecho a perdón judicial por la gravedad de sus actos.
El Tribunal Colegiado del Distrito Judicial de Puerto Plata ha detallado los fundamentos de su sentencia en el resonado caso del pelotero de Grandes Ligas Wander Franco. El fallo confirma la culpabilidad del deportista por abuso sexual y psicológico contra una adolescente menor de edad, conforme al artículo 396, literales B y C, de la Ley 136-03. No obstante, la decisión más debatida ha sido la aplicación del perdón judicial para Franco, mientras que, de forma contrastante, la madre de la menor, Martha Vanessa Chevalier Almonte, fue condenada a diez años de prisión por lavado de activos y extorsión, marcando un desenlace complejo para este prominente caso en la República Dominicana.
La corte sustentó la declaración de culpabilidad de Franco en un sólido conjunto de pruebas directas e indirectas, incluyendo actas de denuncia, informes psicológicos forenses, certificados médico-legales, testimonios, mensajes de texto, fotografías y transferencias bancarias de la familia del jugador a la progenitora. A pesar de que la adolescente negó inicialmente la relación, el tribunal concluyó que esta versión fue desvirtuada por la contundencia de la evidencia. Los magistrados optaron por el perdón judicial, considerando como atenuantes la juventud del pelotero al momento de los hechos, las severas consecuencias sociales y profesionales ya enfrentadas, y el hecho de que Franco también fue víctima de extorsión por parte de la madre de la menor, quien lo habría visto como una "presa seleccionada" para obtener beneficios económicos. La propia adolescente, además, describió la relación como "consensuada" y reconoció el apoyo económico de Franco para sus estudios.
En un giro judicial distinto, Martha Vanessa Chevalier Almonte enfrentó un destino severo. El tribunal determinó que, si bien no se configuró el delito de explotación sexual comercial, sí hubo chantaje y extorsión al exigir y recibir dinero a cambio de su silencio. La adquisición de bienes y el manejo de grandes cantidades de efectivo sin justificación lícita también acreditaron el lavado de activos. Los jueces negaron el perdón judicial a Chevalier Almonte debido a la gravedad de los delitos, la magnitud del lucro económico y el grave daño psicológico infligido a su propia hija. Por estas razones, se le impuso una condena de diez años de prisión y una multa equivalente a 25 salarios mínimos, la pena mínima para el delito más grave, reflejando la postura del tribunal frente a su "avaricia desmedida" que la transformó de denunciante a imputada.
